jueves, 12 de noviembre de 2015

Nuevo convenio para a intromisión religiosa

Corto y pego del DOE:

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA RESOLUCIÓN de 28 de octubre de 2015, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño de Salud y el Arzobispado de Toledo para la asistencia religiosa en el Hospital "Siberia-Serena" de Talarrubias. (2015062374) Habiéndose firmado el día 31 de marzo de 2015, el Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño de Salud y el Arzobispado de Toledo para la asistencia religiosa en el Hospital “Siberia-Serena” de Talarrubias, de conformidad con lo previsto en el artículo 8.º del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, RESUELVO: La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como Anexo de la presente resolución. Mérida, a 28 de octubre de 2015. La Secretaria General, PD La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación, (Resolución de 11/09/2015, DOE n.º 180, de 17 de septiembre), M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN III OTRAS RESOLUCIONES NÚMERO 216 Martes, 10 de noviembre de 2015 36594 CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD Y EL ARZOBISPADO DE TOLEDO PARA LA ASISTENCIA RELIGIOSA EN EL HOSPITAL "SIBERIA-SERENA" DE TALARRUBIAS 

En Mérida, 31 de marzo de 2015. REUNIDOS De una parte, D. Joaquín García Guerrero, Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud, actuando en nombre y representación del Servicio Extremeño de Salud, en el ejercicio de la competencia atribuida en el artículo 4.d) del Decreto 221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud. Y de otra parte, D. Anastasio Gómez Hidalgo, Ecónomo Diocesano, actuando en nombre y representación del Arzobispado de Toledo, mayor de edad, domiciliado a estos efectos en la calle Arco de Palacio número 3 de la Ciudad de Toledo (45002) y provisto de DNI n.° 04195114Y. Reconociéndose ambas partes capacidad y legitimación suficientes, 

MANIFIESTAN

 PRIMERO.
 En el marco jurídico de Constitución Española y en cumplimiento de lo establecido en el IV del Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Asuntos Jurídicos, de 3 de enero de 1979, se firmó por los Ministros de Justicia y de Consumo y por el Presidente de la Conferencia Episcopal Española, el 24 de julio de 1985, un Acuerdo sobre Asistencia religiosa Católica en los Centros Hospitalarios Públicos que fue publicado, por Orden del Ministerio de Presidencia, en el Boletín Oficial del Estado de 21 de diciembre de 1985. 

SEGUNDO.
 Con fecha 23 de abril de 1986, el Director General del Instituto Nacional de la Salud y el Presidente Episcopal de Pastoral, en representación de la Conferencia Episcopal Española, concluyeron un Convenio para la aplicación del Mencionado Acuerdo sobre asistencia religiosa católica en los centros hospitalarios públicos. 

TERCERO.
 Es intención del Servicio Extremeño de Salud reconocer, proteger y hacer efectivo el ejercicio del derecho, garantizado por el artículo IV del Acuerdo sobre asuntos jurídicos firmado entre el Estado Español y la Santa Sede, con fecha 3 de enero de 1979, a la asistencia religiosa de los enfermos católicos y de todos aquellos internados que lo deseen en los Centros Hospitalarios dependientes del Servicio Extremeño de Salud.

 CUARTO.
 La colaboración que se pretende establecer entre ambas partes ha de entenderse en el contexto de cultivar una relación de cooperación institucional con carácter de complementación a la asistencia que realiza el Servicio Extremeño de Salud y con el objetivo de mejorar la calidad de vida de los pacientes, y de sus familiares y del personal sanitario de los centros hospitalarios. Esta complementación asistencial se podrá ejercer tanto en el encuentro directo con los pacientes, como en la incorporación de cuidados específicos constituidos por una asistencia especial a determinados pacientes. Por ello, a efectos de posibilitar la asistencia religiosa católica en los centros hospitalarios dependientes del Servicio Extremeño de Salud, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio con arreglo a las siguientes: NÚMERO 216 Martes, 10 de noviembre de 2015 36595 CLÁUSULAS 

Primera. Objeto y finalidad del Convenio. 1. El objeto del presente Convenio es establecer el marco de colaboración entre el Servicio Extremeño de Salud y el Arzobispado de Toledo para posibilitar el ejercicio del derecho a la asistencia religiosa católica en el Hospital de Talarrubias, dependiente del Servicio Extremeño de Salud. La asistencia religiosa se prestará, en todo caso, con el debido respeto a la libertad religiosa y de conciencia y su contenido será conforme con lo dispuesto en el artículo segundo de la Ley Orgánica 7/1980, de 5 de julio, sobre la Libertad Religiosa. Segunda. Actividades a desarrollar.

 1. En el Hospital de Talarrubias existirá un Servicio de Asistencia Religiosa Católica (en adelante SARC) para prestar la asistencia religiosa y la atención pastoral a los pacientes católicos del Centro.
 2. La asistencia religiosa católica y la atención pastoral comprenderán entre otras, las siguientes actividades: — Visitar a los enfermos. — Celebrar los actos de culto y administrar los Sacramentos. — Asesorar en las cuestiones religiosas y morales. — Colaborar con la humanización de la asistencia hospitalaria.
 3. El SARC estará integrado por un Capellán legítimamente designado para el cumplimiento de la misión que se le confíe por las autoridades eclesiásticas competentes. Este tendrá entre sus funciones: — Ser interlocutor entre las autoridades eclesiásticas y ante la Gerencia del Área. — Coordinar la organización pastoral y fijar los horarios tanto de la actividad pastoral ordinaria como la correspondiente a la cobertura de las urgencias, así como de sus días de descanso, vacaciones y permisos. — Promover y dirigir la programación anual del SARC y la evaluación periódica de sus actividades. 
4. El SARC estará abierto a los enfermos que, libre y espontáneamente, lo soliciten, así como a los familiares de los pacientes y el personal del Centro, siempre que las necesidades del Servicio Hospitalario lo permitan. Tercera. Dependencia funcional. El contenido y la forma de prestar la asistencia religiosa serán determinados exclusivamente por la autoridad eclesiástica competente, y se realizará de acuerdo con las orientaciones sobre pastoral sanitaria de las respectivas Diócesis. No existirá relación laboral alguna entre el personal integrante del SARC y la Administración Autonómica, NÚMERO 216 Martes, 10 de noviembre de 2015 36596 Los miembros del SARC desarrollarán sus actividades teniendo en cuenta los reglamentos y demás normativas del Centro. Cuarta. Nombramiento y Cese. El Capellán será designado y/o cesado por el Ordinario del lugar, informando al Gerente del Área de Salud que corresponda por razón de la ubicación del Centro. Quinta. Jornada laboral y colaboración de los Servicios del Centro Hospitalario. 
1. Al tratarse de una Capellanía a tiempo parcial, la dedicación será de 20 horas semanales. 2. El Capellán no tendrá relación laboral alguna con la Junta de Extremadura. Tendrá derecho al descanso semanal y las vacaciones que le correspondan en función de su relación con el Arzobispado de Toledo, quien lo comunicará a efectos informativos a la Gerencia de Área. 

3. La Gerencia de Área facilitará los medios y la colaboración necesaria para el desempeño de su misión y, en especial, las informaciones oportunas sobre los pacientes con respecto a la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, reguladora de la Protección de Datos de carácter personal y a la Ley 3/2005, de 8 de julio, de Información sanitaria y autonomía del paciente. El personal del Centro comunicará al SARC el deseo del paciente, manifestado por sí mismo o por sus familiares de recibir asistencia religiosa católica. Sexta. Medios personales. 

1. El SARC estará compuesto por un capellán a media jornada. 
2. La modificación significativa del número de camas del Centro y/o de Actividad asistencial, conllevará el reajuste preciso en la jornada y/o número de Capellanes. 
3. El cierre de este Centro, si de diese, llevará consigo la supresión del SARC. Séptima. Forma de pago y justificación del importe. 
1. El Servicio Extremeño de Salud se compromete a aportar la cantidad de 9.089 euros anuales, con cargo a la aplicación presupuestaria 3901 212C 226 04. 
2. El referido importe cubrirá las suplencias que sean necesarias. 
3. El importe de 9.089 € anuales del convenio, será abonado mediante pagos trimestrales de 2.272,25 euros cada uno, al Arzobispado de Toledo, a la cuenta del Banco Popular 0075 0217 10 0600971738, previa certificación de los servicios prestados durante cada periodo por parte del Arzobispado.
 4. Se financiarán a través de este Convenio las labores desarrolladas por el Arzobispado desde el 1 de enero de 2015. Octava. Instalaciones. 
1. El Servicio Extremeño de Salud pondrá a disposición del SARC una Capilla para la oración de los fieles, la celebración del culto y la reserva del Santísimo. Se procurará que sea idó- neo y de fácil acceso para los pacientes. NÚMERO 216 Martes, 10 de noviembre de 2015 36597 
2. El SARC también dispondrá de un despacho para recibir visitas y guardar archivos. 
3. El SARC dispondrá de un local adecuado para que el capellán pueda residir, o en su caso pernoctar. 
4. La Gerencia del Área asegurará que, en el tiempo que se está celebrando el acto de culto, no se altere ni perturbe su digno desarrollo con otra actividad. Novena. Recursos materiales. El SES facilitará al SARC que pueda dotar las instalaciones con los ornamentos y mobiliarios necesarios en orden a tener un culto digno católico. La adquisición de ropas y vasos sagrados serán por cuenta del SARC. Décima. Actividades del Voluntariado. En los términos previstos en la Ley 1/1998, de 5 de febrero, reguladora del voluntariado social en Extremadura, podrán desempeñar actividades en el ámbito de actuación de este Convenio o bien podrá constituirse un voluntariado dependiente del SARC para colaborar con sus actividades en el ámbito de los Centros Hospitalarios. Estos voluntarios deberán estar suficientemente acreditados para ejercer su labor, e integrados en una entidad que se encuentre inscrita en el Registro Central de Entidades de Voluntariado Social y cumpla los requisitos exigidos por la citada ley. Undécima. Extinción del Convenio. 
1. El presente Convenio se extinguirá por cumplimento o resolución. Se entenderá cumplido cuando se hayan realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de las partes firmantes, la totalidad de su objeto de acuerdo con lo expresado en este documento. 
2. La resolución del mismo se producirá de mutuo acuerdo por las partes o por incumplimiento de las obligaciones que en el Convenio se establecen para cada una de éstas. Duodécima. Vigencia. El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma, y su vigencia se establece por tiempo indefinido, siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan y mientras exista necesidad de continuar la colaboración en los términos previstos en la cláusula primera del mismo. Por tanto, este Convenio se entenderá prorrogado por periodos anuales, salvo denuncia expresa de una de las partes con una antelación de tres meses antes de su finalización. Decimotercera. Naturaleza jurídica y jurisdicción competente. El presente Convenio se encuentra comprendido entre los supuestos previsto en el artículo 4.1d) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Publico, por lo que serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas que puedan plantearse en su interpretación, cumplimiento y ejecución los juzgados y Tribunales del Orden jurisdiccional contencioso administrativo. NÚMERO 216 Martes, 10 de noviembre de 2015 36598 En lo no previsto en el presente convenio, se estará a lo dispuesto en el Acuerdo sobre Asistencia religiosa Católica en los Centros Hospitalarios Públicos de fecha 25 de julio de 1985 fue publicado, por Orden del Ministerio de Presidencia, en el Boletín Oficial del Estado de 21 de diciembre de 1985. Y en prueba de conformidad con el contenido del presente Convenio, lo firman ambas partes en el lugar y fecha al principio indicado, por duplicado, quedando un ejemplar en poder de cada una de ellas. EL DIRECTOR GERENTE DEL EL ARZOBISPADO DE TOLEDO SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD Fdo. D. Joaquín García Guerrero Fdo.: D. Anastasio Gómez Hidalgo

jueves, 18 de junio de 2015

EXTREMADURA LAICA SUSCRIBE LAS PALABRAS DE EUROPA LAICA Y SE SUMA A SUS PLANTEAMIENTOS

Decl Europa Laica sobre imputación concejala Madrid: Rita Maestre

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presidente de europa laica <presidente@europalaica.com>

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DECLARACIÓN DE EUROPA LAICA

A PROPÓSITO DE LAS CAPILLAS EN LA UNIVERSIDAD
Y DE LA IMPUTACIÓN DE LA CONCEJALA RITA MAESTRE

Europa Laica solicita al juzgado de lo Penal número 6 de Madrid el archivo de esta causa y por lo tanto que queden en suspenso dichas imputaciones.

La ciudadana Rita Maestre, ahora concejala del Ayuntamiento de Madrid, ha sido imputada, porque el fiscal la acusa, junto al Sr. Meleiro, de un  supuesto delito contra los sentimientos religiosos, por lo que el juzgado de lo Penal núm. 6 de Madrid fijará una fecha para la celebración de la vista oral.  Según el escrito de acusación diversas personas entraron a las 13:30 en la capilla del Campus de Somosaguas el 10 de marzo de 2011 guiados por el ánimo de ofender los sentimientos religiosos de los allí presentes y de todo el colectivo católico". El caso, en su día tuvo mucha repercusión. Y, ahora, la fiscalía pide la pena máxima de hasta un año de prisión.   Por ello

1-Europa Laica exige, una vez más,  el cierre de capillas y de todos los centros de culto de las Universidades públicas, por ir en contra de la Constitución de 1978. Y nos preguntamos ¿A qué esperan los rectores para hacerlo?

2-Europa Laica manifiesta, una vez más, que aunque técnicamente en España no existe el delito por “blasfemia” como tal, sin embargo el Código Penal recoge en sus artículos 522 a 525, varias casuísticas y entre ellas que la “ofensa de los sentimientos religiosos serán castigados con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de 12 a 24 meses”.

Por ello Europa Laica reitera, una vez más desde hace 14 años, la exigencia de la desaparición de estos artículos del actual Código Penal, como venimos solicitando a los partidos políticos, ahora también en nuestras propuestas electorales 2015, para el establecimiento de un Estado laico. (Propuesta 7) Ver en: laicismo.org

 3-Europa Laica denuncia que, bajo el amparo de supuestas ofensas a las religiones, se está limitando gravemente  la libertad de expresión, de pensamiento y de conciencia de la ciudadanía  y ello socaba principios democráticos.

4-Europa Laica al mismo tiempo que es partidaria de la libertad de expresión no es partidaria de la interrupción violenta de cualquier acto sea civil o religioso, por parte de otras personas ajenas al mismo, salvo que de forma pacífica se llame la atención de una injusticia o de situaciones presuntamente delictivas.

5-Europa Laica solicita al juzgado de lo Penal número 6 de Madrid el archivo de esta causa y por lo tanto que queden en suspenso dichas imputaciones. Por entender que lo grave y no constitucional es la existencia de este tipo de recintos en lugares como los campus universitarios y que la expresión de este grupo de personas en el año 2011 fue, exclusivamente, el llamar la atención de una grave irregularidad ante la opinión pública y no tenía como fin socavar sentimiento alguno.

6-Europa Laica rechaza la postura intransigente y poco ilustrada del portavoz del PSOE Sr. Carmona y de otros miembros de la corporación y de la vida pública, por comparar esta imputación con otras sobre graves delitos de corrupción.

martes, 16 de junio de 2015

El delito de no pensar como ellos. ¿Pecado o delito?

La Fiscalía de Madrid ha solicitado una pena de un año de prisión para la portavoz del Gobierno municipal, coordinadora de la Junta de Gobierno y responsable de Relaciones con el Pleno en el Ayuntamiento de Madrid, Rita Maestre, por su participación en una protesta a favor de la educación laica en la capilla de la Universidad Complutense en 2011.
El fiscal acusa a Maestre, de Ahora Madrid,, de un delito contra los sentimientos religiosos y ahora el juzgado de lo Penal número 6 de Madrid deberá fijar una fecha para la celebración de la vista oral.
Según el escrito de acusación, al que ha tenido acceso Efe, Maestre y Meleiro entraron sobre la 13.30 horas en la capilla del Campus de Somosaguas para protestar a favor de la  laicidad del estado y “ofender sentimientos religiosos”.
En presencia del capellán y de varios estudiantes que se encontraban allí orando, invadieron el espacio destinado al altar portando imágenes del contra el anterior Papa y leyeron distintos pasajes de la Biblia así como diversas citas de santos y obispos.
Acto seguido, Rita Mestre y otras mujeres no identificadas se desnudaron de cintura para arriba y abandonaron la capilla al grito de “, “menos rosarios y más bolas chinas”, “contra el Vaticano poder clitoriano” y “sacad vuestro rosarios de nuestros ovarios”.
Ver más: Observatorio del laicismo.org

DESPUÉS DE 12 AÑOS SE PROHÍBEN LAS INMATRICULACIONES

El Pleno del Congreso dará luz verde este jueves de forma definitiva al proyecto de ley de reforma de la Ley Hipotecaria y de la Ley del Catastro Inmobiliario por la que se prohíben las inmatriculaciones de bienes a las que podía acogerse la Iglesia.
Así, la nueva norma elimina la posibilidad que la Iglesia Católica tiene desde 1998 de inmatricular bienes por el procedimiento especial, reservado a las administraciones públicas y que no exige título de dominio.
En el proyecto de ley aprobado por el Consejo de Ministros se daba un plazo de un año desde la entrada en vigor de la ley para que esta prohibición surtiera efecto, lo que despertó críticas de PSOE e Izquierda Plural (IU-ICV-CHA), que creían que así se animaba a la Iglesia a “aprovechar la oportunidad de la prórroga para inscribir lo que le venga en gana”.
Sin embargo, con las enmiendas del PP se ha establecido que la prohibición de acudir a las inmatriculaciones por el procedimiento especial a la Iglesia comenzará a aplicarse desde el día siguiente de la publicación de la ley en el BOE, porque la “‘vacatio legis’ prevista era excesiva”.
Durante la tramitación del proyecto de ley, la oposición ha pedido al Gobierno en sus respectivas enmiendas que la Iglesia Católica devuelva los bienes que ha inmatriculado a lo largo de estos años.
Además, representantes de Redes Cristianas, Plataforma de Defensa del Patrimonio Navarro, Europa Laica y la Plataforma Mezquita-Catedral enviaron un escrito en enero a los grupos parlamentarios en el que les instaban a presentar un recurso de inconstitucionalidad contra la vigente Ley Hipotecaria, antes de que culminase su reforma en el Congreso, para evitar que se “consolidase la inmatriculación de bienes inmuebles, como la Mezquita Catedral de Córdoba” y que tuviese lugar “una amnistía registral de los bienes que han sido expoliados por la Iglesia”.
El objetivo de esta iniciativa era, según sus responsables, frenar “el mayor expolio del patrimonio histórico del país por la Iglesia Católica, propiciado por el artículo 206 de la Ley Hipotecaria de 1946 que permite a los diocesanos inscribir bienes a su nombre sin acreditar título de dominio alguno”.

domingo, 10 de mayo de 2015

Sobre el laicismo, la igualdad, y la libertad de conciencia

INFORME CÁCERES LAICA 7 DE MAYO DE 2015

Sobre el laicismo, la igualdad, y la libertad de conciencia

En el plano internacional las desigualdades se acentúan entre individuos y países. Los recursos se acumulan en pocas manos y miles de personas mueren a diario de hambre y enfermedades derivadas de la miseria, la falta de recursos y el abandono sanitario. 

Las desigualdades entre países ricos y países pobres se acrecientan aumentando el número de estos últimos que se ven prisioneros de los grandes agentes económicos como el FMI o el banco mundial, que a su vez gobiernan favoreciendo a los países ricos. 

Las desigualdades entre mujeres y hombres no sólo persisten, si no que aumentan las zonas de la tierra que no considerando a las mujeres ciudadanos con capacidad de decisión les  imponen leyes discriminatorias. Esto se ve favorecido por el avance del integrismo islámico en África y en los países orientales, donde en muchas ocasiones se utiliza a las mujeres como a bestias sexuales y reproductoras. Las violaciones y la trata de blancas son la punta del iceberg que una situación de discriminación que no mejora ni en el mundo occidental, donde la crisis económica sume en la pobreza especialmente a las mujeres, a los niños y a los dependientes.
En España, con cinco millones de parados las desigualdades se han intensificado, aumentando en estos últimos años el número de personas en situación de exclusión, de precariedad y de pobreza. 
La administración pública está siendo debilitada a base de drásticos recortes que resienten los pilares del Estado con duras repercusiones en la sanidad o la educación, pasando por todos y cada uno de los ministerios.

En el terreno educativo la LONCE pretende hacer evaluable la enseñanza religiosa en la escuela privada y pública, que además defenestra a los Consejos Escolares en beneficio del/la director/a,  recortando duramente los recursos a la Pública en favor de la privada.
El Gobierno del Partido Popular se pavonea recortando derechos que como en el caso de la modificación sobre la Ley para la interrupción del embarazo restringe derechos (perjudica a las mujeres jóvenes, tratadas como a contenedores). Los despachos de los ministros se llenan de cruces y los Funerales de Estado , lejos de sustituirse por ceremonias civiles,  de obispos y de cardenales. 

En Extremadura el gobierno de Monago nos deja una estela de fotografías bajo palio como en los mejores tiempos franquistas, la Asamblea de Extremadura litiga por la linde de las posibles diócesis correspondiente a Guadalupe, y en medio de los más radicales recortes se dispone a invertir dos millones de euros en el próximo ejercicio para mantenimiento de edificios de la Iglesia. 

En Cáceres el Gobierno del PP por fin quita el crucifijo del salón de Plenos tras ganarnos el pleito en sentido contrario con el pretexto de la modernización del mismo. Sin embargo desde el ayuntamiento se potencian las fiestas religiosas como la Semana Santa en cuyas procesiones participan la alcaldesa, y todas las autoridades civiles y militares de a región junto a los concejales peperos con orgullo. Se sigue entregando tal como Franco lo concibió, el bastón de mando a la imagen de la patrona, y las cofradías se subvencionan generosamente mientras las calles se llenan de mendigos. 

Cáceres Laica-Extremadura Laica ha manifestando públicamente, a través del blog, los facebook y los medios de comunicación su protesta por lo que consideramos la vulneración del derecho a la libertad de conciencia cada vez que de manera notoria y provocativa se producen estos hechos, y así mismo divulgado los principios de la asociación en los diferentes espacios que nos lo han propuesto. En los últimos meses hemos realizado varias intervenciones en el canal Extremadura-radio, hemos impartido una conferencia para una semana cultural de un instituto, hemos publicado artículos en el diario hoy, nos han hecho una entrevista para el diario.es , dando lugar a dos reportajes, y nos hemos entrevistado con las organizaciones políticas que nos lo han requerido como "ganemos Cáceres" para entregarles nuestras propuestas electorales, con vistas a su incorporación en los programas electorales, estando pendiente de reunirnos con el PSOE. A IU y a los verdes también les han sido entregadas sendas carpetas con dichas propuestas.

En lo interno intentamos revitalizar los lazos mediante el nuevo grupo de whatsapp.

No obstante, y a pesar del esfuerzo por mantener la llama del laicismo encendida en este inhóspito entorno, nuestra labor está ralentizada por la escasez de recursos humanos, materiales, y económicos. Tenemos pendientes trámites burocráticos para formalizar Extremadura Laica, tareas de intendencia como la elaboración de banderines, chapas, camisetas y otras mercaderías y la realización de varios actos de apostasía colectiva que, en varias ocasiones y ciudades, se nos han demandado.

Seguimos sin disponer de local para sede, reuniones u otras actividades ni hemos realizado gestiones par obtenerlo ya que su mantenimiento sería costoso, y no sólo en términos económicos, que también.

Necesitamos que los socios vayan asumiendo mayores cotas de compromiso con la asociación y con la causa para hacer multiplicar nuestra labor y abarcar el enorme espacio que se nos ofrece, así como para atender la creciente demanda de asesoramiento sobre temas relacionados con el laicismo como el derecho a apostatar. Por este motivo os pedimos que en la medida de lo posible os pongáis a disposición de la asociación para aportar vuestro trabajo y vuestras ideas asumiendo funciones de mayor responsabilidad en la misma.


Por un mundo laico, ni un paso atrás.
En Cáceres a 7 de mayo de 2015


Milagrosa Carrero Sánchez


domingo, 3 de mayo de 2015

Políticos y actos católicos: cuando la religión y el Estado laico se confunden (Publicado por el diario.es)

 Malestar en las asociaciones laicas por la presencia de políticos en todo tipo de actos religiosos, a los que acuden como representantes públicos
 Animan a todos los dirigentes a que practiquen su fe alejados de sus mandatos públicos, por el bien de la convivencia de culturas y la Constición
 Monago destina dos millones de euros a la conservación del patrimonio de la Iglesia
Un año más han se han unido a los desfiles procesionales. En semana santa, en las romerías o en las fiestas de los barrios.
Los políticos se dejan ver sin disimulo en las procesiones católicas. Forman parte del imaginario colectivo, encabezan el desfile, se entremezclan en el cortejo. Una imagen que crea malestar entre los colectivos laicos. Insisten en que este tipo de gestos no respetan la libertad de creencia religiosa en un estado aconfesional.
Mila Carrero, de Extremadura y Cáceres Laica, defiende la libertad de conciencia por encima de todo. Pero para ella el problema reside en que las personas sí tienen creencias, pero las instituciones públicas no, como refleja expresamente la Constitución.
La última de las situaciones en las que la relación entre religión y el Estado laico no quedaba clara de todo fue en la festividad de la Virgen de la Montaña de Cáceres. Las agendas de los representantes públicos incluían el acompañamiento de la virgen, no como ciudadanos, sino como presidente del Gobierno de Extremadura, presidente del Parlamento y alcaldesa deCáceres.

Extremadura Laica critica que aunque la fe católica sea mayoritaria en Extremadura, los dirigentes públicos, cuando ejercen su función, tienen que velar por el derecho a la igualdad, según argumenta.
Denuncia así el acto que ha abanderado un año el más el Ayuntamiento de Cáceres, que ha hecho entrega del bastón de mando a una imagen tallada en madera, y a recibirla institucionalmente con honores. Las asociaciones piensan que un acontecimiento de esta magnitud “perjudica gravemente la dignidad de la democracia y la convivencia entre culturas”.
“Entendemos que esos fastos municipales, que identifican de manera inequívoca gobierno y fe católica suponen una ofensa para la democracia, cuya verdadera esencia no consiste en el gobierno de la mayoría, si no en la posibilidad legal que tiene cada persona, viva y en uso de sus derechos civiles, a elegir a sus gobernantes y a ser elegido como tal”.
Las asociaciones apuntan a un agravio comparativo para aquellos comunidades que practican otras culturas y religiones y que conviven e interaccionan actualmente en la ciudad, “ya que menoscaba la confianza que puedan tener en las instituciones, al sentirse discriminados a un plano inferior”.
"Es por eso que reivindicamos que se acabe con esa práctica que no corresponde para nada a la vida y cultura que la sociedad reclama actualmente y que tratamos de construir, y todo ello sin perjuicio de que la fe católica celebre con júbilo y algarabía la llegada de su imagen".
Otra de los debates que entra en conflicto para ellos es la connivencia que puede crearse a la hora de legislar en cuestiones sensibles, como el aborto o las relaciones sexuales, si la cercanía entre políticos e iglesia es tan íntima.
Monago ha dispuesto una inversión cercana a los dos millones euros destinada a conservar y proteger el patrimonio eclesiástico de Extremadura.
Explioca la Junta que el dinero irá destinado al patrimonio mueble de catedrales, monasterios, iglesias, conventos o ermitas. También se acometerá la restauración de otros bienes inmuebles, hasta llegar a 29 municipios.
Según dice el gibierno del PP, el patrimonio eclesiástico tiene un interés cultural incuestionable, "pero además gran parte de él continúa cumpliendo la función para la que fue creado, lo que confiere a estos bienes un carácter singular que es necesario priorizar al programar las actuaciones necesarias para su conservación".
Dos millones de euros para el patrimonio de la Iglesia

domingo, 19 de abril de 2015

EL BASTÓN DE MANDO A UNA IMAGEN DURANTE "EL NOVENARIO".

SE ENTREGARÁ EL BASTÓN DE MANDO A UNA IMAGEN DURANTE "EL NOVENARIO".




Un año el más el Ayuntamiento de Cáceres se dispone a entregar el bastón de mando a una imagen tallada en madera, y a recibirla institucionalmente con honores de estado, y un año más Cáceres Laica Extremadura quiere mostrar su rechazo y repulsa ante tamaño acontecimiento que perjudica gravemente la dignidad de la democracia y la convivencia entre culturas. Entendemos que esos fastos municipales, que identifican de manera inequívoca gobierno y fe católica, suponen una ofensa para la democracia, cuya verdadera esencia no consiste en el gobierno de la mayoría, si no en la posibilidad legal que tiene cada persona, viva y en uso de sus derechos civiles, a elegir a sus gobernantes y a ser elegido como tal, por lo que es una banalización, y menosprecio absoluto de la misma, el entregar el máximo símbolo de gobierno, como es el bastón de mando, a una imagen inanimada; por otro lado, es claramente un agravio comparativo para aquellos comunidades que practican otras culturas y religiones y que conviven e interaccionan actualmente en nuestra ciudad, ya que menoscaba la confianza que puedan tener en las instituciones, al sentirse discriminados a un plano inferior. Es por eso que reivindicamos que se acabe con esa práctica que no corresponde para nada a la vida y cultura que la sociedad reclama actualmente y que tratamos de construir, y todo ello sin perjuicio de que la fe católica celebre con júbilo y algarabía la llegada de su imagen, pero siempre desde la privacidad de su propio colectivo

CACERES LAICA-EXTREMAADURA LAICA

viernes, 17 de abril de 2015

MEDIDAS PROPUESTAS POR NUESTRA ASOCIACIÓN. UNA NUEVA LEGISLATURA EN LA LUCHA



MEDIDAS LEGISLATIVAS

Con el fin de garantizar la independencia efectiva del Estado con respecto a cualquier confesión religiosa 
  • Reforma art. 16 y 27 de la Constitución 1978
  • Anulación Acuerdos con la Santa Sede 1976, 1979 y 2006
  • Derogación Ley Libertad Religiosa 1980, y su sustitución por…
  • Elaboración Ley Libertad de Conciencia (Europa Laica, Entesa Catalunya)
  • Reforma Ley de Fundaciones y Mecenazgo 2002, (privilegios fiscales)
  • Ley de Haciendas Locales, Ordenanzas,… (privilegios fiscales)
  • Reforma Ley Hipotecaria (inmatriculaciones + anulación retroactiva)
  • Reforma Ley Asociaciones 2002 (tratar a la IC como entidad privada)
  • Anulación art. 522/525 Código Penal (ofensa sentimientos religiosos x incitación al odio)
  • Suprimir validez civil de los matrimonios/nulidades religiosas
MEDIDAS SIMBÓLICAS
Con el fin de garantizar la neutralidad ideológica de las administraciones públicas
  • No participación oficial de la autoridad civil en actos religiosos, y viceversa
  • Eliminar simbología religiosa en lugares de titularidad pública
  • Suprimir símbolos y ceremonias religiosas en actos oficiales
  • Suprimir honores civiles a imágenes y santos (anulación retroactiva)
  • Supresión de los capellanes funcionarios
  • Eliminar culto religioso en los medios de comunicación públicos
MEDIDAS ECONÓMICAS
Ningún privilegio ni discriminación en el trato económico y fiscal para todas las entidades de carácter privado, sean religiosas o no
  • Autofinanciación de las confesiones religiosas
  • Eliminar financiación Iglesia Católica a través del IRPF
  • Eliminar exenciones fiscales a entidades privadas
  • Eliminar cesión de suelo y patrimonio público por motivo confesional
  • El Estado velará por el mantenimiento del Patrimonio histórico y artístico en manos de la Iglesia Católica
MEDIDAS DE IGUALDAD
Principio democrático de la igualdad de derechos y separación de los ámbitos público y privado
  • Las confesiones religiosas no tendrán la consideración de entidad pública sino privada
  • Garantías jurídicas para el derecho de apostasía
  • El Estado velará por la libertad de conciencia de los menores
  • Los cementerios serán civiles, sin simbología religiosa en la entrada y espacios comunes.
  • El Estado velará por el derecho a una muerte digna (DMD)
Cuidados paliativos, eutanasia,…
  • El Estado garantizará la interrupción voluntaria del embarazo en centros sanitarios públicos
MEDIDAS EN LA ENSEÑANZA
La educación como derecho universal, igual e integrador dentro de un proyecto común de ciudadanía

  • La educación debe ser laica
  • La prioridad del Estado debe ser la escuela pública
  • La religión confesional debe salir del currículo y ámbito escolar
  • Evitar todo tipo de segregación por razones de ideas o creencias
  • No se subvencionarán centros con ideario propio (supresión paulatina de los conciertos educativos)
  • Eliminar todo tipo de simbología religiosa, actos y proselitismo religioso en la escuela
  • La Universidad ha de ser laica

MEDIDAS ESPECÍFICAS PARA LOS MUNICIPIOS
MUNICIPIO: CÁCERES

Dentro de las competencias propias municipales, si existe voluntad política, se puede hacer mucho por la construcción del Estado laico. Entre otras medidas:

  • Eliminar simbología religiosa en los lugares de titularidad pública
  • Ajustar ordenanzas/protocolos a la no confesionalidad del Estado
  • Los cargos públicos y funcionarios, en condición de tal, no asistirán a actos de carácter religioso
  • Suprimir honores civiles a imágenes y santos (anulación retroactiva)
  • No se donará suelo público a entidades religiosas
  • Elaborar censo de entidades que no pagan IBI y otros impuestos
  • Facilitar espacios para ceremonias civiles (acogida, bodas, funerales)
  • Incorporar festividades, callejero, nombre de edificios públicos,... con un marcado carácter civil
  • Velar por la laicidad en los centros escolares municipales y públicos
  • Promover una Oficina de Defensa de la Libertad de Conciencia
  • Presentar mociones por la laicidad de las instituciones del Estado
  • .

Todas estas medidas pretenden que se cumplan los derechos fundamentales y las libertades que la Constitución reconoce, en general, en su título 1.
Particularmente nos preocupa el incumplimiento de los artículos: 9.2, 10 y 14; así como una interpretación poco aconfesional (interesadamente católica) de los artículos 16 y 27 que, dada su ambigüedad, y falta de voluntad política, habría que modificar.
La laicidad del Estado se asienta en los principios siguientes:
  • Libertad de conciencia.
La conciencia es naturalmente libre para adherirse a cualquier opción espiritual, ya sea creyente, agnóstica o atea, o para no adherirse a ninguna o cambiar de opción cuando quiera (la apostasía es un derecho que ha de ser garantizado por el Estado).
  • Separación del Estado y las confesiones religiosas.
Lo que implica la clara distinción entre el ámbito público y el privado, y la estricta separación entre la política y las religiones u otros particularismos.
  • Igualdad de trato de todos los ciudadanos y ciudadanas.
La neutralidad del Estado laico exige que ninguna opción particular (religiosa o no) sea discriminada ni positiva ni negativamente. No caben los privilegios públicos de una opción cualquiera en un Estado laico. Solo así se garantiza la igual consideración de todos los individuos como ciudadanos libres.
La búsqueda del bien común como única razón de ser del Estado.
Los griegos llamaban “koinonía” al principio según el cual el ejercicio de la ciudadanía debía tener como único referente el bien común (koinon), poniendo entre paréntesis los intereses privados. El Estado laico, sobre la base de aquel principio republicano, tiene como referencia la universalidad del bien común. No es legítima la financiación pública de los cultos particulares, que debe destinarse única y exclusivamente a lo que es de interés general. El laicismo se compromete así con la defensa de los servicios públicos, es decir, la utilización del presupuesto público para aquellos servicios que son de interés general (educación, sanidad, justicia, etc.).
Cáceres, 1 de marzo de 2015


Asociación Cáceres Laica (Extremadura Laica – Europa Laica)

martes, 7 de abril de 2015

charla extremadura laica 2015b

La Asociación Extremadura Laica-Cáceres Laica, impartió una charla, en el IES Meléndez Valdés de Villafranca, a los alumnos de 1º de Bahillerato, sobre Laicismo. Impartió la charla Javier Escudero, acompañado de Manuel Zahinos en representación de Cáceres Laica Extremadura.
Javier Escudero comenta: “Es muy complicado llegar a los chavales, mucho más en localidades pequeñas. En general me siento satisfecho pues hubo bastante participación aunque algunos chavales parece que se sentían “atacados”. Todas las preguntas que hicieron las respondí con el máximo respeto pero algunas no eran respetuosas. Pienso que también deberían ser partícipes los padres y los profesores, yo estaría dispuesto. Fue una buena experiencia, gracias al profesor de Filosofía, Juan Pedro Viñuela Rodríguez.”